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22 febrero 2011

Novedades fiscales 2011

El Área Fiscal y de Derecho Tributario de IURISTAX ABOGADOS, ha preparado una nota en la que se resumen las principales novedades fiscales de aplicación para el ejercicio de 2011.

Como se detalla en la nota que puede descargarse desde la páginad de ACTUALIDAD nuestra web, las novedades fiscales para el 2011 afectan, entre otras cuestiones, a
la amortización del fondo de comercio financiero, la fiscalidad de las reducciones de capital en las SICAV, las obligaciones formales en operaciones vinculadas, la deducción por doble imposición interna de dividendos, el umbral de la cifra de negocios para las Empresas de Reducida Dimensión (REDI), la libertad de amortización, y el IRPF.

01 febrero 2010

Contratos de distribución: foro internacional de abogados

Este año, el INTERNATIONAL DISTRIBUTION INSTITUTE (IDI), un foro internacional de abogados expertos en contratos de distribución y agencia, tiene previsto celebrar su Annual Meeting los días 11 y 12 en Torino.

IURISTAX ABOGADOS
es miembro del IDI y, el año pasado, Fernando Mier y Clara Solivellas asistieron a su reunión en Barcelona en la que los asistentes centraron los trabajos en el análisis de la evolución legislativa y de la jurisprudencia en materia de indemnización del fondo de comercio en los contratos de distribución.

05 diciembre 2009

Contratos de Distribución/Indemnización por clientela

La jurisprudencia más reciente en materia de extinción de los contratos de distribución confirma la evolución del criterio tradicional - que rechaza cualquier compensación por clientela -, hacia el reconocimiento, en determinadas condiciones, del derecho del distribuidor a percibir una compensación por dicho concepto.

Nuestros tribunales parecen avanzar en el mismo sentido que otros países que tradicionalmente ya venían reconociendo el derecho a algún tipo de compensación (Bélgica, Alemania y Libano) y, más recientemente, Suiza, Austria, Portugal, Holanda e Italia. En cada uno de los referidos países, ya ha habido algunos pronunciamientos de los tribunales superiores donde se reconoce el derecho del distribuidor ha obtener una compensación equitativa.

En el ámbito legislativo, la indemnización por clientela en los contratos de distribución es una de las cuestiones que la proposición de ley de contratos de distribución pretende acotar.

Aunque ha cuidado de prever que solo excepcionalmente, el artículo 28 establece que el distribuidor tendrá derecho a una compensación por clientela cuando concurra cualquiera de las circunstancias siguientes:

a) Que por la naturaleza del contrato y por la actividad del distribuidor se hayan incrementado sustancialmente el tipo de operaciones o el número de clientes.

b) Que el distribuidor haya facilitado al proveedor un listado de los clientes.

c) Que el proveedor o el distribuidor que suceda al distribuidor cesado esté en condiciones de aprovecharse de su actividad comercial o utilice la red de agentes creada por aquél.

d) Que se haya establecido un pacto por el cual el distribuidor, una vez extinguido el contrato no pueda hacer competencia al proveedor o al nuevo distribuidor.

De aprobarse la norma en dichos términos, los tribunales deberán cuidar de determinar el alcance de la excepcionalidad prevista por el texto legal. Ademas, habran de " (...) fijar el importe de la compensación que ha de recibir el distribuidor cesado, apreciando, según las reglas de la sana crítica, el número y grado de concurrencia de las circunstancias aludidas y las demás que deban tomarse en consideración (...)".

En tales casos, según el texto referido la compensación no podrá ser inferior al doble del margen bruto medio anual obtenido por el distribuidor durante los últimos cinco años o durante todo el período de duración del contrato, si éste fuese inferior.

13 junio 2009

Contratos de distribución e indemnización por clientela

El 12 y 13 de junio se ha celebrado en Barcelona el Annual Meeting del INTERNACIONAL DISTRIBUTION INSTITUTE. Han asistido abogados de más de 20 países y representantes de Europa, América y Oriente Medio.

Con el título
Critical issues in international distribution: Termination Indemnity to Distributors, una parte esencial del debate se ha centrado en la cuestión de la indemnización del fondo de comercio en la terminación de los contratos de distribución.

Los expertos asistentes han destacado la reciente evolución de la jurisprudencia que, en determinados países, ha empezado a reconocer el derecho del distribuidor a obtener una compensación económica por el fondo de comercio generado.

Además de los países que tradicionalmente ya venían reconociendo el derecho a algún tipo de compensación (Bélgica, Alemania y Libano), los ponentes han expuesto el estado de este debate en Suiza, Austria, España, Portugal, Holanda e Italia. En cada uno de los referidos países, ya ha habido algunos pronunciamientos de los tribunales superiores donde se reconoce el derecho del distribuidor ha obtener una compensación equitativa.

La opinión más generalizada es que, a nivel internacional, se observa un claro cambio de tendencia en relación a los criterios que hasta la fecha negaban cualquier asimilación del contrato de distribución con el de agencia. En España, la gestación del proyecto de Ley de los Contratos de Distribución es un síntoma inequívoco de la inquietud e incertidumbre que esta generando el debate.

13 mayo 2009

Reunión anual del INTERNATIONAL DISTRIBUTION INSTITUTE en Barcelona

Los días 12 y 13 de junio, en Barcelona, el INTERNATIONAL DISTRIBUTION INSTITUTE va a celebrar su Annual Meeting. Las sesiones técnicas se desarrollaran en forma de ponencias y workshops con el título Termination Indemnity to Distributors, "Illicit Commmisions", Revision of EC competition rules.

El viernes se analiza, desde la perspectiva del derecho español, la evolución de los criterios juriprudenciales en lo que respecta al reconocimiento a favor del distribuidor de ciertos efectos indemnizatorios del fondo de comercio

El INTERNATIONAL DISTRIBUTION INSTITUTE es un foro internacional de reconocido prestigio, que agrupa a abogados y directivos que desarrollan su actividad negociando, redactando y gestionando contratos de distribución.
IURISTAX ABOGADOS es miembro y participara en la referida reunión anual.