29 noviembre 2009

Facturación por horas: la crisis de un modelo

Un clamor que no cesa

La publicación el pasado mes de octubre por FINANCIAL TIMES de su informe
Innovative Lawyers incluye un apartado dedicado al análisis de la evolución de los sistemas de facturación.

En el apartado
Billing and Fees, Rod Newing encabeza su editorial destacando la necesaria evolución del sistema de facturación por horas. Textualmente, dice: "The economic downturn has become the latest threat to law firms’ traditional method of billing clients by the hour. Faced with pressure to find ways of remaining competitive, many firms are choosing alternative billing methods in an effort to offer greater value for money".

Ya hemos abordado este tema
otras veces aquí. A nosotros, la facturación por horas no nos parece una base sobre la que construir una relación a largo plazo firma-cliente, basada en la confianza y el equilibrio de prestaciones. Nos consta además el rechazo generalizado del sistema por parte de los clientes, que con este sistema no pueden prever el coste final del servicio contratado.

Por eso, y a la vista del alud de críticas que recibe el sistema (ver), nos sorprende que los clientes sigan aceptándolo - cada vez menos - y las firmas se resistan a cambiar un modelo en crisis, que perjudica su imagen y su relación con los clientes.

En realidad, no nos parece que haya tanto que inventar. Lo decía Evan R. Chesler, socio de Cravath, Swaine & Moore en la entrevista publicada en FORBES el 12 de enero dec 2009 con el título "Kill the Billable Hour" a la que nos hemos referido en otras ocasiones. Es el sistema de Joe, el contratista de la cocina nueva de Evan: "identify the client's objectives, measure, calculate, build in a contingency and come back with a price".

28 noviembre 2009

Crisis y conflicto entre socios

La utilidad de los acuerdos parasociales

El pasado 28/10/2009 ERNST & YOUNG publicó en EXPANSIÓN (pag. 14) un análisis en el que abordaba la tensión y conflicto entre los socios en las situaciones de crisis. En la misma línea que apuntábamos en el artículo CONFLICTO SOCIETARIO Y PACTOS DE SOCIOS publicado el 7/8/09 en este blog, destacan las dificultades de abordar un proceso de reestructuración cuando además de los problemas económicos, han de afrontarse graves discrepancias entre los socios.

Según nuestra experiencia, los pactos parasociales o pactos de socios, dificilmente evitan un conflicto que, en definitiva, tiene su raíz la divergencia de intereses entre lo socios de una Compañía. La original confluencia de objetivos y criterios (affectio societatis), no es ajena al paso del tiempo. La personas cambian y los socios pueden retirarse o fallecen, abriendo un proceso sucesorio. También puede cambiar los objetivos de algunos de los socios, su situación patrimonial, intereses o prioridades. El propio desarrollo de la actividad económica y su entorno, esta sujeto a cambios que alteran el contexto inicial.

Todo ello es inevitable, pero a la vez previsible. Es importante asumir el riesgo de un posible conflicto - entendido como divergencia de intereses - como un aspecto más del proyecto empresarial. También debe asumirse que la discrepancia es una situación natural y legítima.

Es desde esta perspectiva que debe valorarse la utilidad de los pactos parasociales o pactos de socios. Una adecuada regulación de las normas de gobierno de la sociedad, los derechos y obligaciones de los socios, la resolución de discrepancias y una eventual separación, muchas veces minimizan el riesgo de enfrentamientos. En el peor de lo casos, canalizan el conflicto facilitando una resolución que evite que las diferencias entre los socios arruinen la empresa.

Como refería José María Rojí, abogado y socio de ERNST & YOUNG en EXPANSIÓN, "(...) El protocolo descrito sintéticamente no garantiza que se evite el conflicto ni su resolución satisfactoria, pero la experiencia demuestra que disminuye riesgos, puede proteger reestructuraciones, evita litigios en los que sólo se causan daño las partes entre sí (lost-lost) y reduce el impacto del conflicto en el proyecto empresarial e incluso entre los socios."

Este mismo debate centró gran parte del interés de los asistentes al foro que sobre los Pactos de Accionistas y Conflicto Societario se celebró los pasados 17 y 18 de noviembre en Madrid convocado IFAES. Entre los ponentes, estaba Fernando Mier, socio del Área Mercantil de IURISTAX ABOGADOS. También participan abogados de LOVELLS, CLIFFORD CHANCE, MAVENS, KPMG ABOGADOS, CUATRECASAS, GARRIGUES, URIA, ERNST & YOUNG ABOGADOS y GOMEZ-ACEBO Y POMBO.

Garantías y responsabilidad en los contratos

Un año más, IFAES ha invitado a Fernando Mier, Socio del Área Mercantil de IURISTAX ABOGADOS a participar en el foro NEGOCIACIÓN Y CONTRATOS DE EMPRESA a celebrarse en Madrid en marzo del 2010.

Nuestra intervención se centra en el análisis la regulación contractual de la responsabilidad de las partes. También participan en el foro DLA PIPER SPAIN, GOMEZ-ACEBO Y POMBO, CMS ALBIÑANA Y SUÁREZ DE LEZO, ROCA JUNYENT, BAKER&McKENZIE, ARAOZ & RUEDA, GAS NATURAL, URÍA MENENDEZ y ERNST & YOUNG.

Este año 2009 nuestro equipo ha participado en otros foros y ponencias profesionales: GARANTÍAS CONTRACTUALES en enero, CORPORATE RESTRUCTURING en mayo, PACTOS PARASOCIALES este mes de noviembre, todos ellos organizados por IFAES. Hemos asistido al debate internacional celebrado sobre la indemnización del fondo de comercio en los contratos de distribución celebrado con motivo del Annual Meeting del INTERNATIONAL DISTRIBUTION INSTITUT. Además, Fernando Mier ha participado como profesor en la 3ª edición del MASTER DE PRÁCTICA JURÍDICA organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona y el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

16 octubre 2009

¿Se acabara el facturar por horas?

La necesaria metamorfosis del modelo de negocio

En enero del 2003, EL PAÍS publicó un artículo del profesor de Economía en IESE Antonio Argandoña:
Se acabó el facturar por horas. Recogía la noticia de que CLIFFORD CHANCE había suprimido la norma que imponía a sus abogados un objetivo de 2.420 horas anuales cargadas a sus clientes.

Todo traía causa de un informe presentado a la dirección de la Firma por parte de un grupo de los abogados asociados de Nueva York en el que éstos denunciaban que "El énfasis en las horas facturables es deshumanizador y nos lleva a la abdicación de nuestras responsabilidades profesionales, en la medida en que ese requisito ignora el trabajo hecho de forma desinteresada y favorece que se hinche el número de horas realmente trabajadas, se lleve a cabo trabajo ineficiente o innecesario, la repetición de tareas y otros problemas".

También cita la opinión de uno de los abogados que suscribieron el informe: "Todo me hace pensar que la dirección se cuida demasiado de las horas facturables, pero no se preocupa de la calidad de mi trabajo, y no digamos ya de mi desarrollo profesional".

Es fácil imaginar el dilema que se plantea a un abogado en esta situación. En muchos casos, su promoción profesional y la propia permanencia en la Firma dependerá de alcanzar o no ese objetivo. Ante este dilema, solo la responsabilidad profesional y honestidad personal del abogado puede evitar determinadas conductas que, cuando menos, podemos considerar desleales. Horas imputadas en exceso, precalculo de la hoja de trabajo, mercadeo entre profesionales y estratagemas de imputación son conductas que los sistemas de control internos de la Firma no siempre pueden evitar.

El pasado mes de abril, el WALL STREET JOURNAL publicó una columna tirulada Los bufetes de abogados hacen su agosto con Lehman. En ella se refieren facturas millonarias (200.000.000 US$) y más de 100.000 horas facturables trabajadas. En el artículo cita a David Skeel, un profesor de leyes de bancarrota de la Universidad de Pensilvania, que afirma que si Weil estuviera "inflando sus horas (trabajadas)", eso la podría perjudicar en el futuro. "Las firmas legales se pelean con uñas y dientes por estos casos. No les conviene ganarse una reputación de cobrar de más".

Cuando las horas facturables dejan de ser una herramienta interna de control de costes y para la mejora de la eficiencia, utilizadas como principal criterio de facturación a clientes y/o como la base de la evaluación de la labor de un profesional, se convierte en un mecanismo intrínsecamente perverso, que incentiva conductas dificilmente compatibles con la integridad y el compromiso deontológico que debe existir entre el abogado y su cliente.

Aunque la cuestión no es ninguna broma, no podemos dejar de referirnos a la anécdota de aquel joven y prometedor abogado que, en lo mejor de su fulgurante carrera profesional, fue llamado a rendir cuentas ante el Hacedor. Enfurecido con lo que le parecía una injusticia, solo ver a San Pedro hizo un encendido alegato en su defensa. San Pedro, avergonzado por lo que parecía ser un error, ordenó de inmediato revisar el expediente. Finalmente dieron con el origen del problema: al revisar las horas imputadas a clientes por parte del joven y prometedor abogado, llegaron a la conclusión de que por lo menos debía tener 97 años.

En este debate es interesante el punto de vista del artículo publicado en el foro de http://www.universia.pr/ / Universia Knowledge @ Wharton La necesaria metamorfosis del modelo de negocio de los bufetes.

20 septiembre 2009

Colapso financiero: ¿de verdad no sospechabamos nada?

Iniciativas legislativas, controles más estrictos, acciones legales y un endurecimiento de las penas son algunas de las medidas que ahora se preconizan para evitar que se repita el riesgo de colapso del sistema financiero. Como suele ocurrir después de cada escándalo financiero, con la resaca, llega el acto de contrición y la penitencia, que ha de purgar nuestros pecados.

Es una historia que se repite. Todos reprochamos determinadas actuaciones, fingiendo que nos sorprenden las noticias que cada día "descubre" la prensa en relación a retribuciones escandalosas y conductas irresponsables -delictivas, en algunos casos - de quienes conducían desde las instancias oficiales o entidades privadas la economía.

Cuesta creer que los que ahora pontifican sobre la cuestión, no sospechasen nada. En realidad, basta con consultar en las hemerotecas e internet. A la vista de los hechos, recordamos las voces críticas cuyas advertencias se despreciaron por catastrofistas. Algunos artículos señalan la hipocresía manifestada cuando nos sorprendemos por una situación que se conocía o debería haberse intuido. Pero la memoria es frágil y, apenas vuelve a aparecer una veta de oro, la avaricia corrompe las convicciones, compra connivencias y socava cualquier crítica o resistencia.

En esta situación, siempre hemos mantenido un posicionamiento claro y público en defensa de la necesidad de garantizar la moralidad y transparencia en los mercados financieros. No es sólo un tema de convicciones. Creemos que sólo un mercado moral y transparente puede ser eficaz y garantizar un desarrollo sostenible de la riqueza.

En el año 2002 Fernando Mier, socio de mercantil de IURISTAX ABOGADOS, fue coordinador y co-autor del MANUAL DE LOS DERECHOS DEL INVERSOR publicado por EXPANSIÓN con la colaboracion de BANCO SANTANDER. También ha publicado diversos artículos de opinión en la materia, entre otros

AVA, un precedente de Gescartera
CINCO DÍAS. 3 de octubre de 2001

Por la necesaria transparencia de los mercados
EXPANSIÓN. 5 de febrero de 2002

La cotización de la ética y la moral
EXPANSIÓN. 11 de junio de 2002

La perversión de los mecanismos de control
EXPANSIÓN. 28 de agosto de 2002



18 septiembre 2009

MASTER DE PRÁCTICA JURÍDICA

Fernando Mier, socio de IURISTAX ABOGADOS ha sido invitado a participar como profesor en la 3ª edición del MASTER DE PRÁCTICA JURÍDICA organizado por la Facultad de Derecho de la Universidad de Barcelona y el Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona.

Nos ha correspondido el área civil-mercantil y, en concreto, las ponencias en materia de GARANTÍAS CONTRACTUALES. Basado en la metodología de la la resolución de casos prácticos reales, trataremos de aportar nuestra experiencia en la valoración de riesgos contractuales, la definición de mecanismos de garantía eficaces, la patología de los contratos y sus implicaciones en el ámbito del litigio.

IURISTAX ABOGADOS en Madrid

Ahora disponemos de oficina en Madrid. En colaboración con MAVENS estamos en calle Zurbano 23, 2º derecha.

Ambos equipos tienen una concepción similar del ejercicio profesional y ya llevan un tiempo colaborando en la prestación de servicios profesionales a clientes comunes. El equipo y las oficinas de MAVENS constituyen un apoyo inestimable para IURISTAX ABOGADOS que refuerza su presencia en Madrid y capacidad de respuesta.

07 agosto 2009

Conflicto societario y pactos de socios

Con frecuencia, las dificultades económicas en la empresa provocan o agravan las desavenencias entre los socios que conforman el capital de una compañía. En una situación complicada, el conflicto mal gestionado conlleva casi siempre la ruina del proyecto y sus socios.

Lo ideal es anticiparse al conflicto societario y prever desde un inicio los medios que puedan resolver las discrepancias y, si existen diferencias irreconciliables, facilitar la separación de los socios. Cuando esto no se ha tenido antes de que el conflicto se ponga de manifiesto, el sentido común y el derecho societario debería evitar un enfrentamiento que comprometa la viabilidad de la empresa y un coste personal para los socios.

Por desgracia, con frecuencia no es así. El componente subjetivo y emocional muhas veces impide a los socios asumir soluciones equitativas y razonables. Otras veces es la pura avaricia, la ambición de poder, el afán de protagonismo o la falta de respeto hacia los derechos de los otros socios los que abocan a la sociedad al desastre.

El equipo de IURISTAX ABOGADOS tiene amplia experiencia en la gestión y resolución del conflicto societario. Los días 17 y 18 de noviembre nuestros profesionales participarán en el foro que sobre los Pactos de Accionistas y Conflicto Societario ha convocado IFAES en Madrid. También participan abogados de LOVELLS, CLIFFORD CHANCE, MAVENS, KPMG ABOGADOS, CUATRECASAS, GARRIGUES, URIA, ERNST & YOUNG ABOGADOS y GOMEZ-ACEBO Y POMBO.